Corporate Governance & Secretarial Services

Nuestros servicios legales buscan acompañar al cliente durante todo el proceso de inversión en o a través de España y Portugal, integrándonos en su equipo interno o externo multidisciplinar.

Nuestra experiencia incluye el asesoramiento a numerosos clientes internacionales en el mantenimiento societario de los vehículos de inversión, el mantenimiento contractual de la inversión inicial, y la negociación de los contratos básicos para el crecimiento del proyecto.

Nuestro equipo se adapta a las necesidades continuas de cada cliente y al ritmo de su negocio, facilitando la comprensión de la realidad jurídica y regulatoria española y portuguesa durante el desarrollo de la inversión de forma flexible y personalizada.

  • Nombramiento de administradores independientes.

  • Mantenimiento y legalización de libros societarios.

  • Redacción de las actas de los órganos colegiados.

  • Coordinación y firma de las elevaciones a público de los acuerdos sociales.

  • Coordinación e inscripción de los acuerdos sociales.

  • Mantenimiento de la estructura de poderes en la sociedad.

  • Seguimiento del cumplimiento de requisitos legales en la vida societaria.

  • Servicios de compliance en relación con obligaciones periódicas fiscales y contables de las inversiones extranjeras.

  • Redacción y negociación de contratos y sus novaciones.

  • Coordinación en la ejecución de los contratos.

  • Domicilio social y / o fiscal.

  • Gestión de correspondencia.

  • Coordinación con los equipos o asesores financieros y de negocio para la liquidación de la inversión.

  • Redacción y negociación de la rescisión de contratos.

  • Coordinación y firma de la escritura pública de liquidación.

  • Coordinación e inscripción de la liquidación.

  • Actuación como liquidador

EL BUEN GOBIERNO CORPORATIVO EN LAS SOCIEDADES MERCANTILES

El gobierno corporativo, hace referencia al conjunto de normas, principios e instrucciones que regulan la composición y labor de los órganos de gobierno de una sociedad. Un buen gobierno corporativo refuerza la visión de terceros ajenos a la sociedad de las posibilidades de la misma mediante la confianza de clientes, inversores, empleados y proveedores, lo que desemboca en una mayor rentabilidad de la compañía en cualquier negocio que inicie o en el que intervenga, favorece la credibilidad ante terceros y la permanencia y fidelidad de estos, potenciando el crecimiento empresarial y la generación de beneficios que constituyen la base para una adecuada gestión de la empresa.
La regulación del buen gobierno corporativo en España está basada principalmente en la Ley de Sociedades de Capital, en la que se regulan los principios de compliance y los deberes de los administradores. El Código Unificado de Buen Gobierno Corporativo, de obligado cumplimiento para las sociedades cotizadas en España, establece un principio de cumplir o explicar. Pero fundamentalmente, la regulación del buen gobierno corporativo se basa en la política empresarial, ya que las normas internas deben ir por delante del imperativo legal.
En cuanto a Portugal, el buen gobierno corporativo se basa principalmente en el Código das Sociedades Comerciais. Aunque en 2016 el Código de la Comisión de Mercados de Valores portuguesa (CMVM) fue revocado, dando paso a una autorregulación del mercado, y estableciendo el Código de Governo das Sociedades del Instituto Portugués de Corporate Governance (IPGC), el cual promueve el uso de los estándares de un buen gobierno corporativo, sin ser un código vinculante.

Se debe realizar un examen del estado de la sociedad en general, revisando la información legal existente dentro de la misma. Puede ser un compliance interno o externo que analice posibles anomalías mediante una auditoría.

En base a lo anterior, los principios y recomendaciones básicas de buen gobierno corporativo podrían resumirse en los siguientes:
  • Información: se debe informar con claridad si se cumplen o no las buenas prácticas establecidas.
  • Transparencia: las juntas deben ser claras y todos los intervinientes deben actuar conociendo la información adecuada.
  • Participación: la sociedad debe facilitar la participación en las juntas y potenciar el derecho de asistencia

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  • Responsabilidad: el órgano de administración debe actuar de forma diligente y responsable.
  • Evaluación periódica: el órgano de administración debería llevar a cabo un proceso de evaluación periódica del cumplimiento de los principios de buen gobierno.
  • Respeto de los tiempos: el órgano de administración debe ser responsable de la gestión de los tiempos.
  • Prevención de riesgos: dotar de un departamento de compliance a la sociedad, que sea independiente al resto de la compañía y detecte riesgos, problemas y malas conductas.
  • Fomentar lo diferente: en el órgano de administración se debería fomentar la variedad de ideas.