Anteproyecto de Ley de Modificaciones Estructurales 

A raíz de la sesión extraordinaria del pasado 10 de marzo de 2023 celebrada por el Consejo Económico y Social de España, en la cual tuvo entrada el Anteproyecto de Ley de Modificaciones Estructurales de sociedades mercantiles por la que se traspone la Directiva (UE) 2019/2121 del Parlamento y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, y se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 en lo que atañe a las transformaciones, fusiones y escisiones transfronterizas, para su correspondiente dictamen y en el que pueden observar las novedades que traerá la nueva ley en relación con la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales, la cual quedará completamente derogada, se analiza qué novedades contiene el documento de cara a la futura Ley.

El objetivo de este Anteproyecto y, por ende, de la futura Ley de Modificaciones Estructurales, es unificar el criterio sobre el régimen de las modificaciones estructurales que afectan a las sociedades mercantiles y reunir en un solo texto todas aquellas operaciones que tengan una dimensión tanto nacional como transnacional (operaciones intracomunitarias y extracomunitarias). De esta manera, se pretende evitar el forum shopping del cual puedan querer beneficiarse determinadas entidades mercantiles, eliminando en la medida de lo posible las diferencias y asimetrías existentes entre los Estados Miembros del Espacio Económico Europeo (EEE) afectados por la Directiva.

Como novedades a destacar, es necesario mencionar lo siguiente:

  • El traslado internacional de domicilio pasa a denominarse
    “transformación transfronteriza”;
  • Se abarcarán todos los tipos de modificación estructural, no solo las fusiones transfronterizas objeto de la Directiva, sino también las transformaciones y escisiones, tanto totales como parciales;
  • Una mejor regulación en términos de publicidad y transparencia para dotar de mayor seguridad jurídica la operación en cuestión, en relación con las personas trabajadores, acreedoras y socias;
  • Se busca mejorar la libertad de establecimiento dentro del territorio europeo, a través de la posibilidad tanto de creación como de administración de sociedades mediante los trámites de carácter estructural contenidos en la futura ley (en línea con lo dispuesto en los artículos 49 y 54 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea).

 

Con esta nueva norma, de la cual veremos sus efectos para 2024 si nada lo impide, conseguiremos, por fin, la transposición de la Directiva 2019/2021, sin perjuicio de que dicha transposición debió de realizarse con anterioridad al 31 de enero de 2023, fecha límite impuesta por la propia Directiva.

España ha dado un gran paso adelante para convertir en realidad la regulación, en un solo texto, de todas y cada una de las modificaciones estructurales existentes, pues como sabemos, la actual Ley 3/2009 sólo contempla la fusión transfronteriza con ocasión de la ya transpuesta Directiva 2005/56/CE. Con ello, nuestro país y el resto de los que conforman el EEE estarán sujetos a un procedimiento más unitario, esperemos que ágil y con menos complicaciones burocráticas. Además, a falta de tener el texto en su completa extensión, el mismo estará altamente enfocado en la protección de las personas trabajadoras, acreedoras y las socias.

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