Gobierno corporativo

Seegman ofrece apoyo jurídico a las empresas en todas sus fases de desarrollo, para mantener las estructuras corporativas de forma sencilla y rigurosa. Nuestros servicios legales buscan acompañar al cliente durante todo el proceso de inversión en o a través de España y Portugal, integrándonos en su equipo interno o externo multidisciplinar.

Nuestra experiencia incluye el asesoramiento a numerosos clientes internacionales en el mantenimiento societario de los vehículos de inversión, el mantenimiento contractual de la inversión inicial, y la negociación de los contratos básicos para el crecimiento del proyecto.

Nuestro equipo se adapta a las necesidades continuas de cada cliente y al ritmo de su negocio, facilitando la comprensión de la realidad jurídica y regulatoria española durante el desarrollo de la inversión de forma flexible y personalizada.

Consigue la guía de las principales obligaciones de las empresas

Hemos creado una breve guía para ayudarle a comprender el proceso de constitución y mantenimiento de sociedades en España y Portugal, incluyendo una lista de las que hemos identificado como las preguntas frecuentes recurrentes de nuestros clientes.

Nuestras herramientas y servicios:

Seegman puede ayudarle a constituir su propia sociedad adaptada a sus necesidades específicas u ofrecerle sociedades preconstituidas listas para su uso (S.L. y S.A. en España o sus equivalentes en Portugal, S.Q. y S.A.).

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Podemos ayudarle con la gestión continua y el gobierno corporativo de la sociedad, como la gestión del consejo de administración y de la junta general, la llevanza de la secretaría corporativa y del consejo de administración, la provisión de secretario del consejo y director no ejecutivo o representante legal en el consejo, la oferta de servicios de domiciliación, el seguimiento y el mantenimiento de los registros y obligaciones recurrentes con las administraciones públicas.

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Ofrecemos un servicio puntual o periódico para revisar la estructura corporativa y asegurarnos de que cumple con la legalidad vigente, con la profundidad que se necesite en cada caso. Redactamos nuestras conclusiones en un documento claro y estándar que puede utilizarse en diversas jurisdicciones y situaciones, y que puede ofrecer actualizaciones sobre los progresos realizados cuando se lleva a cabo esta revisión con regularidad.

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Seegman puede ayudarle a navegar por los procesos de compliance bancario y regulatorio, recopilando, revisando y presentando la documentación de forma clara para la institución financiera implicada, y evitando solicitudes y retrasos innecesarios y onerosos.

Podemos actuar como apoderados y representarle localmente ante un notario u otras entidades públicas o privadas, evitando el desplazamiento de empleados y recursos de forma innecesaria. Mediante un poder especial y una autorización específica podemos comparecer ante la autoridad pública y firmar en su nombre y representación.

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Tenemos amplia experiencia en la actuación en puestos ejecutivos y no ejecutivos en consejos de administración de empresas nacionales y extranjeras de una amplia gama de sectores.

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EL BUEN GOBIERNO CORPORATIVO EN LAS SOCIEDADES MERCANTILES

El gobierno corporativo, hace referencia al conjunto de normas, principios e instrucciones que regulan la composición y labor de los órganos de gobierno de una sociedad. Un buen gobierno corporativo refuerza la visión de terceros ajenos a la sociedad de las posibilidades de la misma mediante la confianza de clientes, inversores, empleados y proveedores, lo que desemboca en una mayor rentabilidad de la compañía en cualquier negocio que inicie o en el que intervenga, favorece la credibilidad ante terceros y la permanencia y fidelidad de estos, potenciando el crecimiento empresarial y la generación de beneficios que constituyen la base para una adecuada gestión de la empresa.

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La regulación del buen gobierno corporativo en España está basada principalmente en la Ley de Sociedades de Capital, en la que se regulan los principios de compliance y los deberes de los administradores. El Código Unificado de Buen Gobierno Corporativo, de obligado cumplimiento para las sociedades cotizadas en España, establece un principio de cumplir o explicar. Pero fundamentalmente, la regulación del buen gobierno corporativo se basa en la política empresarial, ya que las normas internas deben ir por delante del imperativo legal.

En cuanto a Portugal, el buen gobierno corporativo se basa principalmente en el Código das Sociedades Comerciais. Aunque en 2016 el Código de la Comisión de Mercados de Valores portuguesa (CMVM) fue revocado, dando paso a una autorregulación del mercado, y estableciendo el Código de Governo das Sociedades del Instituto Portugués de Corporate Governance (IPGC), el cual promueve el uso de los estándares de un buen gobierno corporativo, sin ser un código vinculante.

En base a lo anterior, los principios y recomendaciones básicas de buen gobierno corporativo podrían resumirse en los siguientes:

  • Información: se debe informar con claridad si se cumplen o no las buenas prácticas establecidas.
  • Transparencia: las juntas deben ser claras y todos los intervinientes deben actuar conociendo la información adecuada.
  • Participación: la sociedad debe facilitar la participación en las juntas y potenciar el derecho de asistencia
  • Responsabilidad: el órgano de administración debe actuar de forma diligente y responsable.
  • Evaluación periódica: el órgano de administración debería llevar a cabo un proceso de evaluación periódica del cumplimiento de los principios de buen gobierno.
  • Respeto de los tiempos: el órgano de administración debe ser responsable de la gestión de los tiempos.
  • Prevención de riesgos: dotar de un departamento de compliance a la sociedad, que sea independiente al resto de la compañía y detecte riesgos, problemas y malas conductas.
  • Fomentar lo diferente: en el órgano de administración se debería fomentar la variedad de ideas.

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