Fin de la Golden Visa: hasta 2 de abril de 2025

Estaremos encantados de atenderle.

Rodrigo Ramos

RESPONSABLE ÁREA MOVILIDAD INTERNACIONAL

Ana Curiel

ABOGADA

Le ayudamos a conseguir su Golden Visa en España

  • Ciudadanos extranjeros nacionales de terceros países no pertenecientes a la Unión Europea o al Espacio Schengen.
  • Familiares del ciudadano extranjero inversor: cónyuge o persona de análoga afectividad, hijos menores de edad o mayores dependientes y ascendientes a cargo.
  • Derecho a acceder libremente a los países de la Unión Europea y el Espacio Schengen, sin necesidad de visado.
  • Derecho a residir, trabajar y estudiar en España junto con los familiares.
  • Vigencia inicial de tres años y renovación de cinco años.
  • Mantenimiento de la residencia sin obligación a permanecer en el territorio español.
  • Derecho a solicitar la nacionalidad española por residencia.
  • Posibilidad de realizar la inversión personalmente o a través de una sociedad.
  • Realizar alguna de las inversiones previstas en la Ley 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización: bienes inmuebles, depósitos bancarios en entidades financieras españolas, participaciones en sociedades, bonos de la deuda pública o fondos de inversión.
  • No ser ciudadano de la Unión Europea, EEE, Suiza o familiar de ciudadanos de estos países a quiénes aplique el régimen comunitario.
  • No encontrarse irregularmente en el territorio español.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya sido residente legal anteriormente.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en los Estados miembros del Espacio Schengen.
  • Tener medios económicos suficientes para sufragar los gastos de estancia y regreso propios y de sus familiares.
  • Contar con un seguro de enfermedad concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España.

Opciones de inversión

Depósitos bancarios

1.000.000€

Depósitos en cuenta de banco de España.

Fondos propios de una sociedad de capital

1.000.000€

Comprar acciones de una sociedad cotizada española, o de una S.L. en España.

Inversión inmobiliaria

500.000€

En uno o varios inmuebles libres de cargas y gravámenes.

Fondo de inversión o capital riesgo

1.000.000€

Compra de fondos de inversión comercializados habitualmente por entidades bancarias españolas.

Deuda Pública Española

2.000.000€

Compra de bonos del tesoro a 5 u obligaciones a 10 años.

Para más información descarga nuestro brochure de Golden Visa

En Seegman contamos con un equipo propio de abogados en Madrid y Lisboa, especializados en societario, movilidad internacional, inversión extranjera y fiscalidad, que nos permite atender a sus necesidades en los idiomas español, inglés y portugués.

Gracias a la prestación del servicio directamente por nuestros abogados, no delegamos en ningún momento nuestro trabajo, estableciendo así una relación siempre directa con el cliente y sus necesidades.

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