Fin de la Golden Visa: hasta 2 de abril de 2025
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Permiso de residencia en España por 3 años y renovación
de 5 años. - Residencia extensible a los familiares del inversor.
- Libre acceso a toda la Unión Europea y al Espacio Schengen.
- Opción a solicitar la nacionalidad española.
Estaremos encantados de atenderle.
Rodrigo Ramos
RESPONSABLE ÁREA MOVILIDAD INTERNACIONAL
Ana Curiel
ABOGADA
Le ayudamos a conseguir su Golden Visa en España
- Ciudadanos extranjeros nacionales de terceros países no pertenecientes a la Unión Europea o al Espacio Schengen.
- Familiares del ciudadano extranjero inversor: cónyuge o persona de análoga afectividad, hijos menores de edad o mayores dependientes y ascendientes a cargo.
- Derecho a acceder libremente a los países de la Unión Europea y el Espacio Schengen, sin necesidad de visado.
- Derecho a residir, trabajar y estudiar en España junto con los familiares.
- Vigencia inicial de tres años y renovación de cinco años.
- Mantenimiento de la residencia sin obligación a permanecer en el territorio español.
- Derecho a solicitar la nacionalidad española por residencia.
- Posibilidad de realizar la inversión personalmente o a través de una sociedad.
- Realizar alguna de las inversiones previstas en la Ley 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización: bienes inmuebles, depósitos bancarios en entidades financieras españolas, participaciones en sociedades, bonos de la deuda pública o fondos de inversión.
- No ser ciudadano de la Unión Europea, EEE, Suiza o familiar de ciudadanos de estos países a quiénes aplique el régimen comunitario.
- No encontrarse irregularmente en el territorio español.
- Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya sido residente legal anteriormente.
- No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en los Estados miembros del Espacio Schengen.
- Tener medios económicos suficientes para sufragar los gastos de estancia y regreso propios y de sus familiares.
- Contar con un seguro de enfermedad concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España.
Opciones de inversión
Depósitos bancarios
1.000.000€
Depósitos en cuenta de banco de España.
Fondos propios de una sociedad de capital
1.000.000€
Comprar acciones de una sociedad cotizada española, o de una S.L. en España.
Inversión inmobiliaria
500.000€
En uno o varios inmuebles libres de cargas y gravámenes.
Fondo de inversión o capital riesgo
1.000.000€
Compra de fondos de inversión comercializados habitualmente por entidades bancarias españolas.
Deuda Pública Española
2.000.000€
Compra de bonos del tesoro a 5 u obligaciones a 10 años.
Para más información descarga nuestro brochure de Golden Visa
En Seegman contamos con un equipo propio de abogados en Madrid y Lisboa, especializados en societario, movilidad internacional, inversión extranjera y fiscalidad, que nos permite atender a sus necesidades en los idiomas español, inglés y portugués.
Gracias a la prestación del servicio directamente por nuestros abogados, no delegamos en ningún momento nuestro trabajo, estableciendo así una relación siempre directa con el cliente y sus necesidades.