
¿Qué es una ETVE y por qué es clave en la planificación fiscal internacional?
Una ETVE (Entidad de Tenencia de Valores Extranjeros) es una sociedad constituida en España que se beneficia de un régimen fiscal especial sobre los dividendos
Una ETVE (Entidad de Tenencia de Valores Extranjeros) es una sociedad constituida en España que se beneficia de un régimen fiscal especial sobre los dividendos y plusvalías derivados de participaciones en entidades no residentes. Su finalidad es facilitar la canalización de inversiones extranjeras, optimizando la carga tributaria en operaciones internacionales.
Creada en 1995, esta figura busca atraer capital exterior mediante un tratamiento fiscal competitivo, similar al de jurisdicciones como Luxemburgo o Países Bajos.
Las ETVEs disfrutan de una exención del 95% en el Impuesto sobre Sociedades respecto a:
Esto se traduce en una tributación efectiva del 1,25% si se cumplen los requisitos del régimen. Además:
Cualquier persona física o jurídica puede constituir una ETVE, siempre que se respeten los siguientes requisitos:
El régimen ETVE está regulado principalmente por:
Si la inversión cumple los requisitos del régimen ETVE, los dividendos percibidos de entidades extranjeras están exentos en un 95%, sin retención en origen ni en destino (España).
La transmisión de participaciones en filiales extranjeras genera plusvalías también exentas en un 95%, siempre que se mantengan los requisitos del régimen.
Las entidades que optan por el régimen fiscal especial ETVE pueden realizar otras actividades distintas a la tenencia de participaciones, siempre que mantengan una contabilidad separada y apliquen el régimen únicamente sobre las rentas cualificadas de origen extranjero. El resto de rentas tributarán conforme al régimen general del Impuesto sobre Sociedades.
Una ETVE permite a grupos internacionales:
Este tipo de estructura es especialmente útil para holdings europeos o latinoamericanos con inversiones multijurisdiccionales.
Sí, el régimen ETVE es plenamente legal y regulado por la normativa fiscal española. No requiere autorización previa, pero Hacienda exige:
No se permite su uso por sociedades de mera tenencia patrimonial, UTEs o AIEs.
Característica | ETVE | Sociedad ordinaria | Holding en Luxemburgo |
Exención de dividendos | Sí (95%) | Parcial o nula | Sí |
Exención en plusvalías | Sí (95%) | Parcial o nula | Sí |
Retención a no residentes | No (si cumple requisitos) | Sí | No |
Convenios CDI disponibles | +90 países | +90 países | Variable |
Transparencia fiscal | Alta (requiere medios) | Media | Alta |
En Seegman, contamos con una amplia trayectoria estructurando y gestionando ETVEs para grupos internacionales, especialmente europeos y latinoamericanos, y asesorando en procedimientos de comprobación sobre el régimen fiscal.
Una ETVE (Entidad de Tenencia de Valores Extranjeros) es una sociedad constituida en España que se beneficia de un régimen fiscal especial sobre los dividendos
El representante persona física de una persona jurídica administradora asume un cargo orgánico con responsabilidad solidaria plena. Su designación implica consecuencias jurídicas y fiscales relevantes,
Establecer una sociedad en España puede ser un proceso ágil y eficiente si se planifica correctamente. Pero cuando el promotor es una persona o entidad