El Tribunal Constitucional declara la inconstitucionalidad de las medidas que afectaban al Impuesto de Sociedades desde el 2016

El Tribunal Constitucional (TC) anunció la declaración de inconstitucionalidad de determinadas medidas tributarias introducidas en el Impuesto de Sociedades (IS) en 2016 que habían aumentado significativamente las cuotas del IS.

Mediante nota informativa, el TC anunció una sentencia del Pleno del TC que declara inconstitucionales las medidas relativas al IS, incorporadas mediante el Real Decreto 3/2016 de 2 de diciembre y que supusieron un aumento en las cuotas del IS desde el ejercicio del 2016.

De esta forma se ha declarado la inconstitucionalidad de las siguientes medidas:

  • Fijación de topes más severos para la compensación de bases imponibles negativas.
  • Introducción de un nuevo límite a las deducciones por doble imposición.
  • Obligación de integrar automáticamente en la base imponible los deterioros de participaciones que hayan sido deducidos en ejercicios anteriores.

Se limitan los efectos temporales hacia el pasado de la sentencia, toda vez que:

  • No pueden ser revisadas las obligaciones tributarias que, a la fecha de la emisión de la sentencia, hayan sido decididas definitivamente firmes o mediante resolución firme.
  • Tampoco podrán ser revisadas las liquidaciones que no hayan sido impugnadas a la fecha de dictarse la sentencia ni las autoliquidaciones que no haya sido solicitada la rectificación.

El fundamento del TC para la declaración de inconstitucionalidad consiste en que un Decreto Ley no puede alterar los elementos esenciales de un tributo que inciden en la determinación de la carga tributaria, tales como la base imponible y la cuota, específicamente del IS.

Ver Nota Informativa 6/2024 de 18 de enero.

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