Derecho de
los negocios

Acompañamos al cliente en la planificación de su inversión en España o Portugal para una estructuración e implementación ordenada y efectiva. Ofrecemos una visión del negocio y la comprensión de jurisdicciones habitualmente presentes en esquemas de planificación patrimonial.

Asesoramos al cliente desde el punto de vista societario y fiscal para la planificación y estructuración de la inversión en España o Portugal en coordinación con otras jurisdicciones y equipos internacionales. Nuestros servicios están diseñados tanto para atender a nuestros clientes en la operación de sociedades con giro comercial o industrial, o bien estructuras holding o patrimoniales.

Ofrecemos servicios necesarios para el establecimiento o adquisición de los vehículos societarios adecuados para cada cliente.

Nuestro equipo también cuenta con una amplia experiencia en el análisis, negociación y ejecución de inversiones sobre activos locales e internacionales, utilizando vehículos pre-existentes.
Nuestros servicios entre otros pueden incluir los siguientes:

  • Venta de sociedades inactivas (S.L. y S.A en España o sus equivalentes en Portugal, S.Q. y S.A.).

  • Constitución de sociedades a medida.

  • Establecimiento de estructura holding internacional.

  • Establecimiento de ETVEs en España o SGPSs en Portugal.

  • Implementación de estructuras societarias. Negociación e implementación de SHA.

  • Elaboración de compliance bancario para asegurar el establecimiento de cuentas y flujo de medios de pago.

  • Revisión y negociación de contratos de arrendamiento de oficinas / espacio comercial.

  • Identificación y solicitud de las licencias o autorizaciones administrativas necesarias.

  • Coordinación en la inscripción en los registros públicos relevantes.

  • Solicitud de licencias y autorizaciones administrativas.

  • Solicitud de marcas y nombres comerciales.

  • Revisión de documentación legal (due diligence legal).

  • Redacción y negociación de los contratos relevantes.

  • Coordinación con despachos de abogados en operaciones de mayor volumen y tamaño.

  • Coordinación y ejecución en nombre del cliente de la documentación relevante para la adquisición.

  • Reestructuración posterior a la adquisición.

  • Asistencia en la compilación de documentación necesaria para el cumplimiento de las obligaciones de información de las entidades financieras u otros prestadores de servicios.

  • Elaboración de dossier de documentación básica para el compliance corporativo y financiero.

INVERTIR A TRAVÉS DE ESPAÑA O PORTUGAL.
El régimen especial ETVE.

Los cada vez más estrictos controles sobre jurisdicciones tradicionalmente empleadas en esquemas de planificación patrimonial y empresarial, y las limitaciones que se extienden a la baja tributación de beneficios offshore, llevan a las empresas a replantearse la organización de sus estructuras holding a través de jurisdicciones que ofrezcan seguridad jurídica y eficiencia fiscal.
España, por su excelente red de convenios para evitar la doble imposición y protección de inversiones, ofrece una alternativa real para el desplazamiento de sociedades holding de grupos empresariales, o como jurisdicción a considerar en una estructura de planificación patrimonial con algún componente iberoamericano. 
El régimen fiscal de las Entidades de Tenencia de Valores Extranjeros (ETVE), pasa a ser una figura a considerar en esquemas de reestructuración societaria internacional. Fue introducido en España en el año 1995 para atraer inversión extranjera con unos beneficios similares a los establecidos en otras jurisdicciones, como Luxemburgo y Holanda.
En Portugal, las Sociedades Gestoras de Participações Sociais (SGPS) son el equivalente de los ETVEs españoles. El régimen fiscal especial aplicable a las SGPS se caracteriza por tener uno de los regímenes de exenciones fiscales más favorables en Europa. 
Las ventajas aplicables a estos régimen fiscales especiales consiste en considerar exentas en España o en Portugal, según el caso, las rentas provenientes (i) de la distribución de dividendos por las entidades participadas y (ii) de plusvalías generadas por la trasmisión de las participaciones en entidades no residentes, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos.

El flujo de inversión bruta canalizada a través de sociedades acogidas al régimen ETVE en 2021 fue de 2.267.249,82€. El flujo de inversión bruta canalizada a través de sociedades que no se encontraban acogidas al régimen ETVE fue de 29.123.015,00€.